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Moratoria AFIP 2020

Aquí compartimos un detalle de las características y requisitos que tiene el nuevo plan de moratoria de AFIP.

Fecha de publicación B.O. : 31/01/2020

R G N° 4667/2020

1- Características

La moratoria para pymes y otros incluye exención de multas no firmes, condonación parcial de intereses y plazo de hasta 120 cuotas dentro del régimen de facilidades de pagos de AFIP, de ser el pago al contado tendrá una quita del 15% y contempla la compensación con saldos a favor.

Se puede utilizar saldos a favor de libre disponibilidad que estén disponibles en el “Sistema de Cuentas Tributarias “, para pago a cuenta o al Contado, mediante compensación.

Esta opción no podrá utilizarse para deuda de Monotributo y Autónomos.

2- Quienes pueden ingresar a la Moratoria AFIP 2020

A partir de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productividad se dispuso de una moratoria para las:

  • Micro
  • Pequeñas empresas
  • Medianas empresas
  • Entidades sin fines de lucro
  • Trabajadores Autónomos
  • Monotributistas
  • Entidades civiles sin fines de lucro como los clubes sociales y deportivos.
  • Consorcios de Propietarios

3- Qué ventajas ofrece

Contempla las siguientes ventajas para quienes ingresen:

  • Suspende de las acciones penales
  • La exención de multas no firmes y Condonación parcial de intereses.

4- Tipo de obligaciones que incluye:

  • La regularización de obligaciones tributarias ante la AFIP,
  • De la seguridad social ( Suss 301-351 no las de O. Social ni ART y Seguro Vida ) y las aduaneras de las obligaciones vencidas al 30 de Noviembre de 2019 inclusive.
  • Además se podrán incluir la refinanciación de planes de Facilidades de pago vigentes y d)-Las deudas pendientes de planes de Facilidades de pago caducos.

5- Condonación de intereses, multas y demás sanciones

Quienes ingresen en la regularización de deudas tributarias y de la seguridad social, accederán a estos beneficios.

6- Tasa de Interés de la Moratoria

Durante el primer año del plan la tasa de interés será fija del 3% mensual, para las cuotas con vencimiento hasta el mes de enero/2021, para luego aplicarse la tasa variable.

7– Cuotas del Plan de facilidades de pago

  • Dispone de un plazo máximo de 60 cuotas para los aportes personales y retenciones o percepciones que tengan destino al Sistema Único de la Seguridad Social y también para las retenciones o percepciones impositivas. Monotributistas y Autónomos.
  • Para el resto de las obligaciones que permite esta Moratoria, el plazo máximo es de 120 cuotas.

8- Período para ingresar en la Moratoria

El plazo para ingresar al régimen es desde el 17 de febrero hasta el 30 de abril de 2020.

La presentación del plan será comunicada al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico, una vez que se efectúe el pago a cuenta de corresponder.

9- Caducidad del plan de facilidades de pago

La Ley de Solidaridad Social respecto a la caducidad del plan de facilidades de pago, significa la reactivación de la acción penal tributaria o aduanera, lo que dependerá del caso, o en todo caso le permitirá a la AFIP denunciar penalmente.

Falta de cancelación de 2 a 6 cuotas ( según las cuotas solicitadas en el Plan , consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda a sexta de ellas.

Publicado en Novedades

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