DISPOSICIÓN N.º 916/DGDYPC/24
Artículo 2°: – Los Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal deberán dar cumplimiento con la presentación correspondiente a la Actualización Anual de su Matrícula, hasta la fecha indicada en el último certificado expedido por este Organismo respecto del período anterior. Cumplida la Declaración Jurada de Actualización de Matricula (prevista en el Instructivo), se expedirá la constancia de su matrícula actualizada, en la que constará la nueva fecha hasta la cual el Administrador deberá proceder a la próxima actualización.
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